Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0028/2012-RCA
Fecha: 25-Abr-2012
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
El accionante solicita la tutela de los derechos y principios invocados en el punto I.2 del presente Auto Constitucional; sin embargo, al haber sido declarada improcedente in limine la acción de defensa incoada, por el Tribunal de garantías, corresponde, que la Comisión de Admisión, en revisión, dilucide si tal declaratoria se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado y la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedencia in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 7
- II.2. Causales de improcedencia de la acción de amparo constitucional
- improcedencia
- II.3. Análisis del caso concreto