AUTO CONSTITUCIONAL 0305/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0305/2012-CA

Fecha: 09-Abr-2012

rechazó

Por Resolución de 18 de enero de 2010, cursante a fs. 58 y vta., el Juez de Instrucción Décimo Primero en lo Civil, rechazó el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad planteado, señalando que el art. 61 de la LTC, determina que el recurso podrá ser presentado por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo, aun en recurso de casación y jerárquico, antes de la ejecutoria de la sentencia, pero en este caso a fs. 13 vta., cursa el auto de ejecutoria de la sentencia. Asimismo, las partes intervinientes del proceso son María Elizabeth Arze del Granado y Jhery Alfredo Miranda Prado y no así las personas que interpusieron extemporáneamente los recursos.