Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0334/2012-CA
Fecha: 16-Abr-2012
APROBAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 4.I de la Ley Nº 003 de 13 de febrero de 2010 modificado por el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre del mismo año resuelve APROBAR la Resolución 187 de 4 de septiembre de 2009, cursante de fs. 34 a 35 pronunciada por la Jueza de Instrucción en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz; y, en consecuencia RECHAZAR el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad interpuesto por Junior Rodolfo Bakovic Matos, Abogado Defensor de Oficio en representación de Patricia Ángela Valda Soria.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- y la importancia de la misma en la resolución de la causa que origina el recurso
- II.4. Análisis del caso concreto
- no señala de manera precisa la relevancia que estas normas legales tendrán en la decisión final de proceso
- APROBAR