Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0345/2012-CA
Fecha: 16-Abr-2012
Fragmento 12
Respecto al Código Electoral, éste fue abrogado por la Ley de Régimen Electoral -Ley 026 de 30 de junio de 2010- en cuya disposición final segunda, abroga el Código Electoral, aprobado mediante Ley Nº 1984, de 25 de junio de 1999; asimismo abroga la Ley Nº 4021, sobre el Régimen Electoral Transitorio, concordante con la disposición final única de la Ley del Órgano Electoral -Ley 18 de 16 de junio de 2010.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- Fragmento 3
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- II.4. Requisitos de admisibilidad
- por una sola vez
- a) Debe ser promovido dentro de la tramitación de un proceso judicial o administrativo por la autoridad encargada del proceso, ya sea, el juez, tribunal o autoridad administrativa, de oficio a solicitud de alguna de las partes que intervienen en el proceso
- 6 de diciembre de 2009
- Fragmento 12
- rechazo
- APROBAR