Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0459/2012-CA
Fecha: 27-Abr-2012
consulta
En consulta la Resolución de 4 de mayo de 2011, cursante de fs. 65 a 66, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Cochabamba ahora -Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba-, por la que se rechazó el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad hoy -acción de inconstitucionalidad concreta-, interpuesto por Julio Torrico Lazarte y María Pura Soliz de Torrico, demandando la inconstitucionalidad del art. 1 de la Ley 007 de 18 de mayo de 2010, por presuntamente vulnerar los arts. 23.I, 116, 117 y 119 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- 3. La fundamentación de la inconstitucionalidad y
- II.5. Otras consideraciones
- 1)
- 2º