AUTO CONSTITUCIONAL 0480/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0480/2012-CA

Fecha: 27-Abr-2012

rechazó

Por Resolución 18/2011 de 13 de julio, cursante de fs. 27 a 30, pronunciada por el Plenario del Consejo de la Judicatura, que rechazó el recurso, bajo los siguientes fundamentos: a) La recurrente refiere la vulneración del artículo de la     Constitución Política del Estado, cuestionando la competencia de la Gerencia de Régimen Disciplinario del Consejo de la Judicatura, acusando de nulos sus actos, situación que es ajena y distinta a la naturaleza del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad que no tiene como finalidad el determinar la nulidad de un acto o una resolución; debiendo en el presente caso haber interpuesto el recurso directo de nulidad; y, b) El Consejo de la Judicatura, tiene naturaleza administrativo disciplinaria, cumpliendo sus funciones al interior del país de forma desconcentrada mediante los órganos o unidades operativas de administración tal como lo determina el art. 13.VIII de la LCJ, lo que demuestra que no se vulneró norma constitucional alguna.