SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0069/2012
Fecha: 12-Abr-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera que las autoridades demandadas vulneraron sus derechos a la “seguridad jurídica“, a la igualdad de partes ante la ley, al trabajo, a la industria o comercio, de la propiedad privada y al debido proceso, toda vez, que al ser inquilino del inmueble en el cual funcionaba el “Cine Paláis Concert”, le hicieron conocer a través de una carta notariada que el referido inmueble fue trasferido al Gobierno Autónomo Departamental de Oruro; por ello, instauró proceso de orden de pago a efectos de regularizar las respectivas cancelaciones con el nuevo propietario; sin embargo, la Gobernación, por su parte interpuso proceso de interdicto de adquirir la posesión, que se encuentra en trámite; posteriormente, el 16 de febrero de 2009, personeros de esa institución gobernación y un grupo de treinta personas, procedieron al cambiado de chapas y a desalojar a sus trabajadores, sin ninguna orden de desalojo. En consecuencia corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- “denegó”
- Fragmento 7
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y fines de la acción de amparo constitucional
- III.2. Vías de hecho en la acción de amparo constitucional
- 4)
- III.4. Análisis del caso de autos
- REVOCAR