AUTO CONSTITUCIONAL 0050/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0050/2012-RCA

Fecha: 17-May-2012

Fragmento 8

         El Tribunal de garantías por Resolución 95/12, admitió la acción de amparo constitucional, otorgándole el plazo de cuarenta y ocho horas al accionante para que determine la dirección del codemandado, en calidad de “Administrador de Aduanas Sucre”; sin embargo, al no cumplirse con este requisito la audiencia se suspendió para una nueva fecha en la que tampoco se hizo presente, determinando el incumplimiento del requisito exigido, motivo por el cual emitió la Sentencia 119/12 declarando la improcedencia de la acción, determinación que resulta incorrecta; ya que de los antecedentes aparejados al expediente se tiene que el accionante subsanó la omisión observada; toda vez que, mediante memorial de subsanación de  28 de marzo de 2012, cursante a fs. 54 y vta., señaló el nombre y domicilio de la nueva autoridad representante de la Aduana Interior de Sucre, por lo que, resulta intrascendente la notificación a un ex funcionario que ya no ocupa el cargo en el que se encontraba cuando ocasionó presumiblemente la lesión al derecho o garantía.