Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0067/2012-RCA
Fecha: 28-May-2012
I.2. Derechos, garantías y principios supuestamente vulnerados
El accionante, estima vulnerados sus derechos, garantías y principios constitucionales, como ser la garantía al derecho a ser oído por autoridad jurisdiccional competente, al debido proceso y al derecho a la petición, contemplados en los arts. 24, 115.I y II, 120.I, 178.I y 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- revisión
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos, garantías y principios supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedente in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 7
- II.2. Improcedencia de la acción de amparo contra fallos emitidos por los jueces o tribunales de garantías
- II.3. Análisis del caso concreto
- cuando se impugne otra Resolución de amparo constitucional, dictada por el Tribunal de garantías o el Tribunal Constitucional; (SC 0834/2004-R, de 1 de junio, y AC 100/2006-RCA, de 31 de marzo)
- APROBAR