AUTO CONSTITUCIONAL 0538/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0538/2012-CA

Fecha: 08-May-2012

Fragmento 10

En consecuencia, la inobservancia de los requisitos de contenido previstos por el art. 60 de la LTC, determina el rechazo del presente recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad; consiguientemente, el Juez Técnico del Tribunal Sexto               de Sentencia y Sustancias Controladas de la ciudad de Santa Cruz, al haber rechazado el referido incidente, aunque con otros fundamentos, ha obrado correctamente, ante el incumplimiento de los requisitos de admisibilidad que resultan ser de inexcusable cumplimiento.