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    AUTO CONSTITUCIONAL 0545/2012-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0545/2012-CA

    Fecha: 08-May-2012

    II.4.  Requisitos de admisibilidad

    En cuanto a la oportunidad de promover este recurso, el art. 61 de la LTC señala que: “El recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad podrá ser presentado por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo, aun en recurso de casación y jerárquico, antes de la ejecutoria de la sentencia”.

    • consulta
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • I.2. Respuesta a la acción
    • rechazó
    • I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
    • II.2.  Aplicación de la Ley  1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.3.  Alcances del control de constitucionalidad
    • II.4.  Requisitos de admisibilidad
    • II.5.  Otras consideraciones
    • 1.
    • II.5.  Análisis del caso concreto
    • 2.-

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