SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2012

Fecha: 02-May-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante alega que la autoridad demandada lesionó sus derechos al debido proceso y de acceso a la justicia, puesto que la autoridad demandada además de no admitir las acciones ejecutivas que planteó a nombre de la AFPAC, por Auto de 29 de septiembre de 2011, determinó que se tiene por no presentada la demanda, determinación con la que fue notificado en el tablero del Juzgado y pese a que pidió nulidad de dicha diligencia puesto que debía notificársele personalmente o por cédula en su domicilio señalado, su petición de nulidad fue rechazada, así como la reposición planteada. Por consiguiente, corresponde dilucidar en revisión, si los hechos denunciados son evidentes y si constituyen actos ilegales que vulneraron los derechos y garantías constitucionales.