SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2012
Fecha: 02-May-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega que la autoridad demandada lesionó sus derechos al debido proceso y de acceso a la justicia, puesto que la autoridad demandada además de no admitir las acciones ejecutivas que planteó a nombre de la AFPAC, por Auto de 29 de septiembre de 2011, determinó que se tiene por no presentada la demanda, determinación con la que fue notificado en el tablero del Juzgado y pese a que pidió nulidad de dicha diligencia puesto que debía notificársele personalmente o por cédula en su domicilio señalado, su petición de nulidad fue rechazada, así como la reposición planteada. Por consiguiente, corresponde dilucidar en revisión, si los hechos denunciados son evidentes y si constituyen actos ilegales que vulneraron los derechos y garantías constitucionales.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Fundamentos de hechos que motivan la acción
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- Fragmento 11
- III.2.De la protección de los derechos fundamentales en general y del debido proceso en particular
- derecho de las personas a ser sometido a un proceso antes de ser sancionado, el mismo que debe estar revestido de una serie de garantías jurisdiccionales, entre las cuales está la de ser juzgado por un Juez competente
- el derecho al juez natural que comprende el derecho de las personas a que la causa a las que están sujetas, sea sustanciada por la autoridad, investida de jurisdicción y competencia con anterioridad al hecho que motiva el proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- acompañar la prueba en que se funda
- REVOCAR