SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2012

Fecha: 14-May-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante alega que las autoridades demandadas lesionaron los derechos de su representado a la defensa y al debido proceso, por cuanto el Auto de Vista 031/2009, que emitieron en su condición de Vocales de la Sala Penal, se le notificó en el tablero judicial de dicho Tribunal, y no así de forma personal como prevé el art. 163.2) del CPP, restringiéndole la posibilidad de interponer el recurso de casación. En consecuencia, corresponde analizar, en revisión, si tales aseveraciones son ciertas, y si dan lugar o no a conceder la tutela invocada.