SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0174/2012
Fecha: 14-May-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Denuncia encontrarse ilegal y arbitrariamente privado de su libertad por más de cuarenta y ocho horas, que obedece a una simple orden del Director Departamental de la FELCC, sin que exista orden de aprehensión emitida por autoridad competente, ni apertura de proceso penal en su contra, ni mucho menos se le informara el motivo de la restricción a su libertad y la incomunicación a la que fue sometido con relación a su abogado. Por consiguiente, corresponde analizar en revisión, si dichos argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos a los derechos del representado del accionante a la libertad, al debido proceso, a la igualdad, a la tutela judicial efectiva y a la defensa, con la finalidad de conceder o denegar la tutela invocada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Modificación de la demanda
- a)
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Política del Estado
- III.1.2. De la acción de libertad
- i)
- III.1.3. Sobre las formas de resolución de las acciones de libertad
- III.2. Sobre la modificación de la acción en audiencia
- retiro o modificación del recurso
- no pueden alegarse nuevos hechos y derechos como vulnerados, alterando de manera relevante los hechos expuestos y que sirvieron de fundamento fáctico del recurso
- es perfectamente aplicable también a las acciones de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR