Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0188/2012
Fecha: 18-May-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncian “incumplimiento” del debido proceso dentro de las investigaciones seguidas contra sus representados, por cuanto el Fiscal de Materia ahora demandado, no cumplió los plazos previstos para su detención, ya que estando aún en la clínica donde fueron atendidos a consecuencia de golpes recibidos, no fueron notificados dentro de las veinticuatro horas a efecto de prestar su declaración informativa, siendo directamente conducidos a dependencias de la FELCC. En consecuencia, corresponde determinar si los hechos demandados son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- debiendo evitarse que se convierta en un medio alternativo o paralelo que provoque confrontación jurídica con la jurisdicción ordinaria
- , al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos.
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR