Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0193/2012
Fecha: 18-May-2012
Jorge Castillo Muñoz, Juez Noveno de Instrucción en lo Penal
Dentro de las atribuciones que le competen, estaba señalar audiencia de cesación de la detención preventiva, así como elaborar una audiencia conclusiva; sin embargo, el 15 de febrero del presente año, día que tenía que llevarse a cabo la audiencia de consideración de la cesación de la detención, fue recusado por la parte querellante, aspecto que le impidió llevar a cabo la audiencia, por lo que actualmente el cuaderno está para remisión al juzgado correspondiente, pese a que se rechazó la recusación debido a los fundamentos absurdos, ya que recién tomó conocimiento del caso.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- María Lilian Villalta Maldonado, Fiscal de Materia
- Jorge Castillo Muñoz, Juez Noveno de Instrucción en lo Penal
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Política del Estado
- III.1.2. De la acción de libertad
- 1)
- III.1.3. Sobre las formas de resolución de las acciones de libertad
- III.2. Sobre la acción de libertad respecto al derecho a la vida
- el derecho a la vida
- III.2.2. La preeminencia en el resguardo de los derechos a la salud y a la vida de las personas privadas de libertad
- III.3. Análisis sobre el caso concreto
- APROBAR