SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0193/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0193/2012

Fecha: 18-May-2012

María Lilian Villalta Maldonado, Fiscal de Materia

María Lilian Villalta Maldonado, Fiscal de Materia, en audiencia manifestó que el estado de gravidez de la imputada fue posterior a que fuera aprehendida y posteriormente detenida preventivamente, es decir, bajo responsabilidad absoluta de aquella persona que asume esa condición en privación de libertad. Si bien es evidente el certificado médico forense da un diagnóstico de la salud de la accionante; empero, no se cuenta con una ecografía que establezca la situación del embarazo, lo que fue solicitado recientemente por la imputada, debido a la revisión médica que se le realizó, ocasión en la que el galeno manifestó la necesidad que sea sometida a un estudio de ecografía que actualmente está en curso; sin embargo, no hubo interés de la imputada en recoger dicha prueba.

Por otro lado, no es evidente que se haya recusado continuamente, mas al contrario a lo manifestado, fue la imputada quien recusó inclusive al Ministerio Público en varias ocasiones conjuntamente su conviviente -coimputado-; asimismo, también fueron objeto de recusación los Jueces de Instrucción en lo Penal, y en la última audiencia solicitó la suspensión de la audiencia, debido a otro acto investigativo y tomando en cuenta que la cesación de la detención preventiva no la determina la autoridad fiscal, sino la autoridad jurisdiccional. Posteriormente, se tomó conocimiento que fue recusado el Juez Noveno de Instrucción, y sí, el Ministerio Público recusó al Juez Octavo de Instrucción por haberse demostrado el interés particular en la realización de una audiencia en la debía definirse un incidente por actividad procesal defectuosa.