SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0200/2012
Fecha: 24-May-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra a denuncia de Jeaneth Karina Olivera, por la presunta comisión del delito de abandono de mujer embarazada, el Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal, por Resolución 349/2011, le impuso medidas cautelares “supletorias” (sic) a su detención preventiva, que fueron apeladas y actualmente se encuentran para su resolución ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
Refiere que la denunciante, solicitó al Juez de la causa revocar las referidas medidas, con el argumento que no cumplió la fianza real impuesta; asimismo, consiguió se libre mandamiento de aprehensión. A este efecto, se fijó audiencia para el 13 de marzo de 2012, donde la actora repitió los mismos argumentos sin presentar prueba alguna; el Fiscal pidió se continúe con las medidas sustitutivas, y su defensa argumentó el principio de legalidad respecto a la detención del imputado en horario extraordinario, al haberse realizado a horas 18:35 y el ingreso a celdas judiciales a las 19:00, sin que exista habilitación de horas extraordinarias, como establece el art. 118 del Código de Procedimiento Penal (CPP); finalmente, solicitó al Juez demandado, no pronunciarse en relación a la revocatoria de las medidas sustitutivas mientras no se conozca el fallo del juez ad quem respecto a la apelación interpuesta; empero, el Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal, dictó la Resolución 187/2012 de 13 de marzo, por la que determinó su detención preventiva en el Penal de San Pedro.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- previamente se deben agotar todos los mecanismos de protección específicos de defensa, es decir,
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- .
- Tercer supuesto:
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR