SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0205/2012
Fecha: 24-May-2012
a)
Rosmery Rosario Ballivián Quintanilla, Asesora Legal del Centro de Rehabilitación Palmasola, en audiencia informó lo siguiente: a) Que evidentemente el 09 de marzo de 2012, se recibió el mandamiento de libertad a favor del imputado, siendo recepcionado a horas 20:05, pero las funciones del penal de Palmasola son hasta las 19:30; b) Al día siguiente, es decir el 10 del mismo mes, en cumplimiento al mandamiento de libertad, que establece “para ponerlo en libertad siempre que no este detenido por otra causa”, se verificó el file personal del imputado, encontrándose que tenía un proceso penal por el delito de estafa, en el Tribunal Sexto de Sentencia, motivo por el cual no se le habría dado libertad; en la misma fecha el propio demandado procedió a oficiar a dicho Tribunal, que se estaba poniendo en libertad al imputado; c) Que el 12 del mes y año antes señalado, se presentó la familia del imputado con otro abogado, haciendo conocer con una sentencia legalizada que, el ahora imputado habría sido absuelto de pena y culpa, y que previa verificación se le concedió su libertad; que para ello se exigen ciertos requisitos, como buscar file personal y hacer papeleta de salida; por estos motivos se le dio libertad recién en horas de la tarde.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad: Finalidad y alcances
- ”por violaciones a la libertad individual y/o locomoción, puede ser reparador si ataca una lesión ya consumada, preventivo si procura impedir una lesión a producirse o correctivo si intenta evitar que se agraven las condiciones en que se mantiene una persona detenida”
- “los tipos de hábeas corpus precedentemente aludidos, también pueden se identificados en la nueva Ley Fundamental, e inclusive ampliados. Así dentro de la tipología desarrollada por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional citada líneas precedentes, se agregó el hábeas corpus restringido, el hábeas corpus instructivo y el hábeas corpus traslativo o de pronto despacho”
- “Para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos, se ha previsto una acción de defensa especifica que coadyuve para que los mismos no se vean afectados por actos lesivos y en caso de que así fuera, se puedan restituir a su estado natural, en especial tratándose de derechos fundamentales…”
- III.3. La obligación de autoridad competente de ejecutar el mandamiento de libertad, dentro del marco de celeridad y prioridad
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR