SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0205/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0205/2012

Fecha: 24-May-2012

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante por su representado, en audiencia ratificó y amplio los términos expuestos en su demanda de acción de libertad, indicando que no existe otro motivo para que su representado haya estado detenido tres días en forma ilegal, así como la orden de aprehensión se ejecuta de manera inmediata, pasa lo mismo con el mandamiento de libertad, éste fue presentado en las oficinas del Centro de Rehabilitación Palmasola, el 9 de marzo de 2012, el ahora demandado gobernador de ese Centro, debió haber hecho efectiva su libertad física el 10 del mismo mes y año, pero no fue así, recién dio curso al mandamiento el 12 de marzo del referido año, consumándose una detención indebida e ilegal, que es uno de los presupuestos que contempla el art. 125 de la CPE, situación que hace se active la presente acción libertad.