Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0238/2012
Fecha: 24-May-2012
II.2.
II.2. Por la matrícula computarizada 7.01.1.99.0000565 de 22 de enero de 2000, emitida por DD.RR., del departamento de Santa Cruz; y la certificación de tradición, la accionante acredita que sus, representados son los únicos y legítimos propietarios del lote de terreno, ubicado en la zona noreste, U.V. 71, manzano D, lote 2, con una superficie de 811 m². (fs. 14 a 17 y 39 y vta.).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la persona demandada
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- Fragmento 6
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La subsidiariedad en caso de vías o medidas de hecho
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- concedido
- APROBAR