Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0238/2012
Fecha: 24-May-2012
II.3.
II.3. Según las boletas de pago de impuestos a la propiedad de bienes inmuebles, correspondientes a las gestiones 1997 a 2008 y el plano de ubicación y uso del suelo, otorgado por la Oficina Técnica del Plan Regulador del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, Jhony Richar Rivera Bustamante y Germania Amparo Cordero Balderrama, son propietarios del inmueble referido (fs. 2 a 13 y 18).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la persona demandada
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- Fragmento 6
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La subsidiariedad en caso de vías o medidas de hecho
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- concedido
- APROBAR