Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0241/2012
Fecha: 24-May-2012
I.2.1. Ampliación de la acción
Con el derecho a la réplica, Lorena Melean Coronado, indicó que los jueces en materia penal observaron e hicieron consultas respecto a su competencia para conocer o no las acciones de libertad y la Corte Superior les contestó a través de la referidas circulares; empero, en ellas aparentemente se declara inconstitucional el art. 89.II de la LTC, hecho para el que carecen de competencia, dado que es atribución exclusiva del Tribunal Constitucional.