SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0260/2012
Fecha: 29-May-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denuncian la vulneración de sus derechos y los de la comparsa que representan, a la defensa y al debido proceso, aduciendo que la Junta Electoral de la ACCC, aplicó un Estatuto que carece de legalidad, al no haberse protocolizado y registrado ante la Notaría de Gobierno. Por otro lado, el Tribunal de Honor de la prenombrada Asociación, sin notificar a los demandados con la denuncia ni aperturar proceso alguno, emitió la Resolución de 2 de febrero de 2012, por la cual dispuso la suspensión de la comparsa “Piratas” por un periodo de cuatro años en la participación de actividades carnavaleras, proponiendo a la Asamblea General su expulsión definitiva si no hacía una retractación pública, omitiendo mencionar cuáles fueron los actos en que hubieran incurrido para merecer dicha sanción. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- i)
- concedió parcialmente
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- con poder suficiente
- acreditar la personería del accionante
- III.2. Respecto a la representación de las asociaciones de hecho
- Fragmento 10
- III.3. Análisis del caso concreto
- conceder parcialmente
- REVOCAR en parte