SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0260/2012
Fecha: 29-May-2012
III.3. Análisis del caso concreto
En ese orden, al momento de promover la presente garantía jurisdiccional, los accionantes no adjuntaron documentos relativos al reconocimiento de la personalidad jurídica de la comparsa “Piratas” como ente de derecho, tampoco los acuerdos de los socios de la comparsa, en relación a las facultades suficientes para acudir a la justicia constitucional, pues los indicados la activaron a nombre de una colectividad y no así a título personal, por lo que era indispensable acreditar tal calidad y facultad de representación; como resultado, ante el incumplimiento de los requisitos formales de procedencia, corresponde denegar la tutela, con la aclaración que no se ingresó al examen de fondo del asunto demandado.
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- i)
- concedió parcialmente
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- con poder suficiente
- acreditar la personería del accionante
- III.2. Respecto a la representación de las asociaciones de hecho
- Fragmento 10
- III.3. Análisis del caso concreto
- conceder parcialmente
- REVOCAR en parte