AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2012-CDP-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2012-CDP-SL

Fecha: 20-Jun-2012

I.8.

I.8.    Por memorial de 3 de febrero de 2012, Patricia Isabel Chavarría Quicaño, presentó “apelación” de la Resolución de 18 de enero del mismo año, deduciéndose que dentro del monto calificado por el Tribunal de garantías respecto a los daños y perjuicios, no se consideró la suma por concepto del beneficio de subsidio de maternidad antes y después del parto, lo cual no condice con el reconocimiento y garantía de los derechos laborales de la mujer trabajadora (fs. 84).