SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0310/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0310/2012

Fecha: 18-Jun-2012

III.2.   Análisis del caso concreto

En el caso que se analiza, el accionante pretende la nulidad del proceso disciplinario seguido en su contra, por cuanto no se estableció expresamente -como considera que debió ser- la apertura de plazo probatorio, y porque se resolvió la apelación que su parte opuso, excediendo el plazo previsto por la RS 212414.

Antes de ingresar al análisis de fondo, es necesario desechar el principio de subsidiariedad en el caso de autos, respecto a los medios expeditos que el accionante tenia para agotar la vía administrativa previo a formular la acción de amparo constitucional; en ese sentido, cabe señalar que la RS 212414, en su Capítulo Quinto regula la “Organización de los Tribunales Disciplinarios” -arts. 15 a 22- que sólo prevé el procesamiento disciplinario en primera instancia y el recurso de apelación en su caso, sin que exista ninguna otra instancia contra la resolución que resuelva la apelación; por consiguiente, al no existir otros medios a los que pueda acudir el accionante, corresponde a la jurisdicción constitucional el estudio de lo denunciado a través de la presente acción de amparo constitucional.