SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0319/2012
Fecha: 18-Jun-2012
1)
En audiencia el accionante, a través de su abogado, amplio los argumentos de su demanda señalando: 1) Fue elegido Concejal del Municipio de Gutiérrez, en las elecciones del 2004, posesionado el 2005 y luego el 2009, se realizó una sesión de Concejo, donde se tenía previsto aprobar por mayoría, si el Municipio de Gutiérrez se convertiría mediante un referéndum en autonomía indígena originaria, al no estar de acuerdo con dicha situación, se opuso a la determinación del Concejo Municipal; 2) Hace referencia que a partir de tomar dicha decisión, recibió amenazas en contra de él y su familia por parte de agrupaciones ciudadanas de indígenas del Municipio referido, además que a solicitud de las mismas es que el Concejo Municipal determina suspenderlo sin proceso previo; y, 3) Señala que por las pruebas presentadas se demuestra que se han agotado todas las instancias antes de recurrir a la acción de amparo constitucional.