SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0323/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0323/2012

Fecha: 18-Jun-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Señala que, a raíz de diferencias surgidas en cuanto al monto del canon de alquiler, fue iniciado un proceso de desalojo en su contra, acción judicial que ya obtuvo Resolución de primera instancia en el Juzgado Tercero de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Cochabamba, misma que fue apelada, encontrándose a la espera de la emisión del Auto de Vista.

Indicó que, no obstante de sus intenciones de actuar dentro del marco de la convivencia civilizada, la relación con el propietario del inmueble se tornó muy complicada, llegando inclusive el demandado a ejercer actos de “agresión” (sic), hasta que el 24 de febrero de 2012, impidió el ingreso al nombrado instituto de enseñanza, cerrando la puerta principal y obstaculizando el acceso al escritorio de atención al cliente colocando “llantas, baldes y deshechos de su taller de Renta de Vehículos que funciona en el edificio contiguo” (sic), llegando al extremo de colocar letreros metálicos de peso “para impedir el acceso de los alumnos y el personal administrativo para el desarrollo de la labores educativas, siendo que en este periodo se esta en pleno proceso de inscripciones a nuevos alumnos” (sic), pintando también los muros exteriores con letreros que ofertaban el inmueble en calidad de venta, hechos que representan daño inminente a la imagen del referido instituto de enseñanza y constituyen también perjuicios irreparables a su economía, toda vez que muchos alumnos regulares fueron disuadidos de continuar sus estudios por las actitudes del demandado.