SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0328/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0328/2012

Fecha: 18-Jun-2012

denegó

Concluida la audiencia, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Oruro, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 02/2010 de 24 de febrero, cursante de fs. 214 a 217 vta., por la que denegó la tutela solicitada, conforme al siguiente fundamento: i) La notificación fue practicada en la cárcel pública de “San Pedro”, donde circunstancialmente se encontraban recluidos los accionantes; ii) Los mismos tomaron conocimiento de  la existencia de una demanda en su contra y también de la Sentencia; iii) En este entendido la diligencia como tal cumplió su cometido al dar a conocer a las partes la existencia del proceso, por lo que resultaría válida dicha actuación; y, iv) Los accionantes al ser notificados en la cárcel pública se les ha asegurado su comunicación y analizado el art. 120 del CPC, se puede apreciar la no vulneración de los art. 120 y 90 del referido Código y 245 de la Ley de Organización Judicial (LOJ), esto en razón de que la causa que se les instauró fue conocida por los mismos en el recinto penitenciario.