SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0346/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0346/2012

Fecha: 22-Jun-2012

III.2.El principio de subsidiariedad de la acción de amparo     constitucional

Por disposición del art. 129.I de la CPE, la acción de amparo constitucional, procede contra actos u omisiones indebidos de autoridades o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir derechos fundamentales y garantías constitucionales, siempre que no hubiere otro medio o recurso para su protección inmediata, lo que significa que, dado su carácter extraordinario y no sustitutivo, no puede ser utilizado en reemplazo de otros recursos o medios legales que la ley confiere a las partes para presentar sus reclamos y hacer valer sus derechos.