SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0353/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0353/2012

Fecha: 22-Jun-2012

1)

En el uso de la palabra, el representante del Ministerio Público, señaló que: 1) La Ley del Tribunal Constitucional fue abrogada por la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, motivo por el cuál, el mandato atribuido al Ministerio Público respecto a su participación en audiencias de acción de amparo constitucional, ha quedado sin efecto; y, 2) Corresponde a la Procuraduría General del Estado en representación del mismo Estado, sentar presencia en las citadas audiencias.

Ahora bien, en mérito al objeto y causa de la presente acción de tutela, con la finalidad de desarrollar una coherente argumentación jurídico-constitucional, este fallo realizará una fundamentación jurídica en dos fases hermenéuticas concretas: 1) La primera, en la cual se realizará una interpretación de los roles procesales de la Procuraduría General del Estado en acciones de defensa, utilizando para este fin, pautas exegéticas, teleológicas y sistémicas de interpretación constitucional; y, 2) La segunda, donde se analizará el objeto y causa de la presente acción de amparo constitucional, para lo cual, se desarrollarán los siguientes problemas jurídicos: i) La acción de amparo constitucional; y, ii) El principio de subsidiaridad como su presupuesto configurador.