SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0353/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0353/2012

Fecha: 22-Jun-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante considera que se vulneraron sus derechos de petición, al trabajo y a una remuneración o salario justo, en razón a que el SIN, mediante convocatoria pública signada como CE/08/2011, convocó el cargo de Profesional III-A, proceso de selección de personal dentro del cual obtuvo la mejor calificación de acuerdo a las Listas de postulantes publicadas, dando lugar a que se le designe mediante Memorándum 08-000752 11, como Fiscalizadora, cargo distinto al cual postuló; no obstante aquello, cumplió las funciones que le fueron encomendadas por cinco días continuos, hasta que la Jefatura de Personal, le instruyó que suspendiera el marcado del registro de ingreso y salida, en el entendido que su memorando de designación no se encontraba debidamente firmado, aspecto que fue reclamado mediante carta notariada, misma que fue reiterada ante el Presidente Ejecutivo del SIN el 25 del citado mes y año, sin que se obtenga respuesta hasta la interposición de la presente acción, ilegalidades cometidas por la Directora Regional que se extienden al hecho de no haberle cancelado los cinco días trabajados, en una franca lesión de sus derechos. En consecuencia, se procederá a analizar si en el presente caso corresponde la concesión o no de la tutela solicitada.