SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0404/2012
Fecha: 22-Jun-2012
II.1.
II.1. A través de memorial presentado el 3 de marzo de 2010, dirigido al demandado, el accionante solicitó la extensión de fotocopias simples que acrediten las denuncias realizadas por los padres de familia durante el 2009; fotocopias debidamente legalizadas del informe y evaluación de desempeño en el ejercicio de sus funciones de docencia, señalando los parámetros que fueron tomados en cuenta para dicha evaluación y documentación que respalde y justifique el despido verbal del que fue objeto (fs. 6 a 7), documentos que solicitó en la misma fecha al Director General de Educación Superior exhibiendo su memorial a la Unidad de Seguimiento y Supervisión del SEDUCA (fs. 8 a 9), habiendo recibido respuesta de la Unidad citada, a través de nota de 10 del citado mes y año, por la que le indicaron acudir con su petitorio a la autoridad pertinente del INCOS Potosí Fiscal (fs. 11). El 15 de marzo de 2010, el Rector, en respuesta a la solicitud indicada, hizo consideraciones en cuanto a las razones de su despido, limitándose en un último punto a señalar que los documentos solicitados se los haría llegar por la vía legal (fs. 10).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de sala
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Sobre el derecho de petición
- no la tramita ni responde en un tiempo oportuno o en el plazo previsto por Ley de forma que cubra las pretensiones del solicitante, ya sea exponiendo las razones por las cuales no se la acepta, o dando curso a la misma, con motivos sustentados legalmente o de manera razonable
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Consideraciones finales
- APROBAR