SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0421/2012
Fecha: 22-Jun-2012
concedió
El Juez de Sentencia Penal de Concepción, provincia Ñuflo de Chávez del departamento de Santa Cruz, mediante Resolución 8/2012 de 4 de abril, cursante de fs. 26 a 29 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo: a) Que la demandada Altagracia Cuñanchiro Morón restituya el bien dado en anticrético en el plazo máximo de setenta y dos horas al anticresista Moisés Víctor Copa Grimaldis; y, b) El pago de daños ocasionados a los accionantes, así como costas; bajo los siguientes fundamentos: 1) De lo expuesto por las partes, se evidenció la comisión de actos ilegales en los que incurrió la demandada; 2) La propietaria del inmueble, presente en la audiencia, no desvirtuó las vías o medidas de hecho cometidas por su parte; y, 3) Debe prescindirse de la subsidiariedad de la presente acción, por tratarse de denuncias de justicia, ejercidas por mano propia.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de
- III.2. Protección directa e inmediata, otorgada en forma excepcional por la acción de amparo, ante medidas de hecho
- III.3. Medidas de hecho y derechos de los anticresistas de locales comerciales
- III.4. Medios probatorios en vías de hecho
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR