AUTO CONSTITUCIONAL 0096/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0096/2012-RCA

Fecha: 02-Jul-2012

a) Causales de improcedencia de la acción de amparo constitucional

Respecto a las causales de improcedencia anotadas en el art. 77.II.3 de la LTCP, se establece que verificados los antecedentes del expediente, se constata que el accionante no interpuso algún medio de defensa con anterioridad u otro recurso extraordinario u ordinario al presente; también, se evidencia que el plazo de interposición de la presente acción se encuentra dentro de término; por consiguiente, corresponde que éste Tribunal analice el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos.