SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0465/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0465/2012

Fecha: 04-Jul-2012

III.1.Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional

La Constitución Política del Estado en su art. 128, ordena los parámetros de casos y formas, contra: “…actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley…”.

Esta tutela consigna un medio de defensa, instituido como demanda especial y sumarísima con alcance y objetivo de restablecer o restituir el goce efectivo de las personas en sus derechos fundamentales y garantías constitucionales, también es preventivo y correctivo, protegiendo de amenazas, restricciones o supresiones ilegales, arbitrio, decisión, acción u omisión de servidoras y servidores públicos o personas particulares.