SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0466/2012
Fecha: 04-Jul-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la vulneración de sus derechos y los de su hija, a la vida, a la salud, al trabajo, a la seguridad social y a la “inamovilidad funcionaria”; toda vez que, el 9 de septiembre de 2009, dio a luz a su hija y el 11 de noviembre del mismo año, fue contratada a plazo fijo, por el Gobierno Municipal de Sucre, hasta el 31 de diciembre de 2009; sin embargo, el 28 de diciembre de ese año, hizo conocer que se encontraba beneficiada con la inamovilidad funcionaria porque su hija todavía no había cumplido un año, con ese antecedente el 24 de febrero de 2010, solicitó al Alcalde la renovación de su contrato, no habiendo recibido respuesta alguna, hasta el 22 de marzo de ese año, que el Director y el Jefe Jurídico, en sesión ordinaria del Concejo Municipal, señalaron que la modalidad de contrato a plazo fijo no goza de inamovilidad, por lo que rechazaron su solicitud. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 2
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió en parte
- Fragmento 5
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y su carácter subsidiario
- inmediata y urgente protección en el caso de la mujer gestante o hasta el año de nacido el hijo, no siendo exigible agotar esos medios de defensa, pues esta exigencia implicaría un perjuicio que podría ser irreparable, por cuanto el derecho a protegerse no es solamente al trabajo, sino otros primarios de la recurrente, ahora accionante, y del ser en gestación de urgente e inmediata tutela como son la vida, la salud y la seguridad social, que con la medida adoptada por la autoridad recurrida, ahora denominada autoridad demandada, ponen en riesgo y que no pueden depender de otros recursos o vías administrativas'…”
- III.2. Respecto a la inamovilidad funcionaria establecida por el DS 0012 de 19 de febrero de 2009
- III.3. Derecho a la seguridad social
- III.4. Acerca de los contratos a plazo fijo y la protección a la mujer embarazada
- III.5. Análisis del caso concreto