Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0488/2012
Fecha: 06-Jul-2012
II.1.
II.1. En el memorial de acción de amparo constitucional, la accionante manifiesta que desde el 9 de febrero de 2009, de forma verbal fue contratada para trabajar como secretaria en la empresa de celulares “CELUMOVIL” de propiedad del ahora demandado, trabajando aproximadamente por once meses, cumpliendo el horario de trabajo de lunes a sábado de horas 8:30 a 19:30, donde señala además que fue despedida verbalmente por el demandado el 13 de enero de 2010, cuando se hallaba embarazada (fs. 11 a 13 vta.).
- a)
- 1)
- i)
- I.2.2. Informe de la persona demandada
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza Jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De la protección a la mujer trabajadora en estado de gestación
- III.3. Sobre los derechos a la vida, a la salud, al trabajo, a la maternidad y la inamovilidad funcionaria de la mujer embarazada
- III.3.1. El derecho a la vida
- III.3.2. El derecho a la salud
- III.3.3. El derecho al trabajo
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR