SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0507/2012
Fecha: 09-Jul-2012
a)
Solicita se disponga su libertad inmediata y la reparación de los defectos ilegales, ordenando al Juez demandado que: a) Anule obrados hasta el vicio más antiguo del proceso de investigación instaurado en su contra; y, b) Disponga que el Ministerio Público cumpla con la ley y comunique el inicio de las investigaciones dentro de las veinticuatro horas de haber tomado conocimiento de los hechos.
El abogado de la accionante, en audiencia, ratificó los fundamentos de la denuncia y los amplió sosteniendo lo siguiente: a) Su defendida se encuentra detenida desde hace seis meses atrás, sin haberse comunicado sobre el inicio de investigaciones al Juez cautelar; b) Un día antes de su aprehensión, varios policías procedieron a allanar su domicilio, sustrayendo cosas de valor y amenazando a toda su familia; y, c) El representante del Ministerio Público, amplió el periodo de investigación criminal por veinte días más sin dar aviso al Juez a cargo del control jurisdiccional.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolucion de la Jueza de garantías
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÌDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. La acción de libertad y el debido proceso
- III.3. Sobre los incidentes en materia penal
- III.4. Aplicación de los principios constitucionales de la función de impartir justicia, en la tramitación de incidentes en materia penal
- III.5. Recurso de reposición en materia penal
- III.6. Análisis del caso concreto
- 2º DISPONER