SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0507/2012
Fecha: 09-Jul-2012
III. FUNDAMENTOS JURÌDICOS DEL FALLO
La accionante alega que la autoridad jurisdiccional demandada lesionó su derecho a la libertad, habida cuenta que dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de estafa, el 26 de marzo de 2012, formuló incidente de actividad procesal defectuosa, señalándose audiencia a efectos de su consideración para el 7 de mayo del mismo año, es decir, después de un mes y once días, sin tener presente que se encuentra detenida preventivamente. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por la Jueza de garantías, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen persecución, aprehensión, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, a fin de conceder o denegar la tutela incoada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolucion de la Jueza de garantías
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÌDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. La acción de libertad y el debido proceso
- III.3. Sobre los incidentes en materia penal
- III.4. Aplicación de los principios constitucionales de la función de impartir justicia, en la tramitación de incidentes en materia penal
- III.5. Recurso de reposición en materia penal
- III.6. Análisis del caso concreto
- 2º DISPONER