Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0587/2012
Fecha: 20-Jul-2012
I.2.3. Intervención de la tercera interesada
En su condición de tercera interesada Isabel Lea Plaza, manifestó que se postuló a la convocatoria de concurso de méritos, habiendo cumplido tanto los requisitos indispensables como los complementarios; el accionante pretendió obtener mayor puntuación con el certificado de experiencia profesional otorgado por el Colegio de Abogados, documento que no es objeto de puntuación, desmereciendo sus logros y méritos que obtuvo en su vida profesional, aclara también que existen diferentes comisiones tanto para el Sobre A como para el B.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- concedió en parte
- I.3. Consideraciones de Sala
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Natura jurídica de la a la acción de amparo constitucional
- trascendental importancia al momento de calificar la acción u omisión denunciada y de imponer las responsabilidades emergentes del recurso de amparo constitucional
- legitimación pasiva se constituye en un requisito de procedencia de la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1.-
- 2.-