SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0587/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0587/2012

Fecha: 20-Jul-2012

legitimación pasiva se constituye en un requisito de procedencia de la acción de amparo constitucional

Como puede apreciarse, por regla general la legitimación pasiva se constituye en un requisito de procedencia de la acción de amparo constitucional -antes recurso- siendo el fundamento de tal entendimiento la materialización del debido proceso constitucional, pues la exigencia de plena individualización del demandado se orienta a permitir a éste asumir defensa de manera plena e irrestricta” (SC 1399/2011-R de 30 de septiembre)