Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0601/2012
Fecha: 20-Jul-2012
II.2.
II.2. Mediante nota cite DOT 589/2009 de 19 de agosto, expedida por Carlos Delgado Murillo, Director de Ordenamiento Territorial al Alcalde Municipal demandado, aseveró que para facilitar el estudio del estacado del lote referido, el accionante debía presentar una respuesta escrita y gráfica sobre la cesión de parte del inmueble descrito para la ampliación de una vía pública, la misma que se presentó el 13 del citado mes y año, en la que específicamente el actor se refirió a la calle Víctor Flores (fs. 32 y 33), propuesta sobre la que no se evidencia pronunciamiento alguno.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. Sobre el derecho a la propiedad
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR en parte