AUTO CONSTITUCIONAL 0006/2012-RCA-SL
Fecha: 03-Ago-2012
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
El accionante solicitó la tutela de los derechos a la defensa, a la protección oportuna y efectiva por los jueces y tribunales, al debido proceso, a una justicia transparente, a la igualdad de oportunidades y al principio de seguridad jurídica contenidos en los arts. 115, 117, 119 y 178 de la CPE, 8 del Pacto de San José de Costa Rica y 14 del PIDCP, por emitirse dentro de proceso coactivo fiscal seguido por el SNC, sentencia de primera instancia la cual fue ejecutoria en desconocimiento del accionante; sin embargo, al haber sido rechazado por el Tribunal de garantías, corresponde, que la Comisión de Admisión en revisión dilucide si tal declaratoria se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado y la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional.
- revisión
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- rechazó in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- II.2. Requisitos de admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 9
- II.4. Análisis del caso presente
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- ii) Nombre y domicilio de la autoridad demandada
- iii) Acompañar las pruebas en que se funda su pretensión
- a) Exposición con claridad de los hechos
- b) Precisión de los derechos o garantías que considera restringidos, suprimidos o amenazados
- c) Fijar con precisión la tutela que se solicita para restablecer el derecho o la garantía amenazados o vulnerados.
- POR TANTO