AUTO CONSTITUCIONAL 0006/2012-RCA-SL
Fecha: 03-Ago-2012
iii) Acompañar las pruebas en que se funda su pretensión
Asimismo, adjuntó la prueba en que funda su pretensión en fotostática legalizada, principalmente la demanda coactiva fiscal a fs. 3 a 4., Auto interlocutorio 17/2003 de 12 de marzo de fs. 6 a 7, Nota de cargo 03-10/01 a fs. 8, representación del Oficial de Diligencias de 18 de julio de 2003 del Juzgado Segundo de Partido Administrativo Coactivo Fiscal y Tributario a fs. 10, edicto de fs. 13 a 14, Sentencia 21/2004 de 19 de febrero de fs 21 a 38, Auto de Vista 049/08 SSA-I de 18 de febrero DE 2008 a fs. 44 y vta., ejecutoria del Auto de Vista 049/2008 a fs. 47 vta., memorial de incidente de nulidad de fs. 50 a 53, Auto interlocutorio 35/2008 de 1 de octubre de fs. 57 a 60, memorial de interposición de apelación de 9 de octubre del mismo año de fs. 61 a 65, y Auto complementario 375/09 de 19 de agosto de 2009 a fs. 81.
- revisión
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- rechazó in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- II.2. Requisitos de admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 9
- II.4. Análisis del caso presente
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- ii) Nombre y domicilio de la autoridad demandada
- iii) Acompañar las pruebas en que se funda su pretensión
- a) Exposición con claridad de los hechos
- b) Precisión de los derechos o garantías que considera restringidos, suprimidos o amenazados
- c) Fijar con precisión la tutela que se solicita para restablecer el derecho o la garantía amenazados o vulnerados.
- POR TANTO