Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0019/2012-RCA-SL
Fecha: 14-Ago-2012
APROBAR
La Comisión de Admisión de la Sala Liquidadora Transitoria del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 20.I y II de la Ley 212 de Transición para el Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental, Consejo de la Magistratura y Tribunal Constitucional Plurinacional, con los fundamentos expuestos, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución de 4 de octubre de 2010, cursante de fs. 61 y vta, pronunciada por Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior de Distrito Judicial hoy -Tribunal Departamental de Justicia- de La Paz, disponiendo el RECHAZO del recurso interpuesto por Samuel Coaquira Paredes.
- acción de cumplimiento
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- improcedencia “in limine”
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.1.
- II.2. Naturaleza jurídica y procedimiento aplicable en la tramitación de la acción de cumplimiento
- II.2.1. Plazo de caducidad
- II.3. Análisis del caso concreto
- notificado a la parte accionante el 18 de noviembre de 2009
- después de transcurridos 10 meses y 12 días
- APROBAR