AUTO CONSTITUCIONAL 0029/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0029/2012-RCA-SL

Fecha: 17-Ago-2012

I.2.

Los accionantes alegan la vulneración a sus derechos a la integridad, a la dignidad, a la libertad de residencia, a la permanencia y circulación, a la inviolabilidad de domicilio, al trabajo y a la propiedad, así como a las garantías de prohibición de violencia física y psicológica contra las mujeres y la prohibición de violencia y maltrato contra los adultos mayores, citando para este efecto los arts. 15.I, 22, 27.7, 25.1, 46.1, 56.1 y 68.II de la Constitución Política del Estado (CPE).