AUTO CONSTITUCIONAL 0038/2012-RCA-SL
Fecha: 17-Ago-2012
a)
Solicitan se admita la acción disponiendo la nulidad: a) Del Auto de señalamiento de día y hora del primer remate, dispuesto en fecha 26 de octubre de 2010, llevándose a cabo la subasta el 3 de diciembre del mismo año; b) Nulidad de aviso del primer remate judicial y del acta de remate de “fs. 871, 878 y 879” (Sic), a cargo de la Notaria de Fe Pública, efectuado el 3 de diciembre del año antes mencionado; c) Nulidad de las publicaciones de prensa de 15 y 22 de noviembre del referido año; d) Disponer el levantamiento de toda medida precautoria, anotación preventiva o embargo que haya recaído, sobre sus bienes inmuebles; y, f) Condenar al pago de costas y multa contra los personeros de los ejecutantes “Crown Ltda.”
- revisión
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- improcedencia in limine
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- Fragmento 6
- dentro del plazo razonable de tres días hábiles computables a partir del día siguiente de su notificación con la Resolución respectiva
- acción de amparo constitucional, acción de protección de privacidad, acción de cumplimiento, acción popular
- II.
- VI. Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados
- II.5. Análisis del caso concreto
- 1)
- POR TANTO