Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0038/2012-RCA-SL
Fecha: 17-Ago-2012
revisión
En revisión la Resolución 36/2011 de 19 de mayo, cursante de fs. 104 a 105 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Amalia del Carmen Chacón Delgado, Franklin José Michel Echeverría, Ilse Iveth Ustarez Oporto, Ricardo Gonzalo Cardozo Daza, Mario Pérez Mendoza, Uber Teodosio Quíntela Alarcón y Armando Figueredo Pizarrozo contra Javier Percy Bravo Arroyo y Ricardo Alarcón Pozo, Vocales de la Sala Civil Tercera; Javier Loayza Antelo, Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial y Consuelo Chacón Schmit de Méndez, ex Jueza del mencionado Juzgado todos de la Corte Superior del Distrito Judicial ahora -Tribunal Departamental de Justicia de La Paz-.
- revisión
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- improcedencia in limine
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- Fragmento 6
- dentro del plazo razonable de tres días hábiles computables a partir del día siguiente de su notificación con la Resolución respectiva
- acción de amparo constitucional, acción de protección de privacidad, acción de cumplimiento, acción popular
- II.
- VI. Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados
- II.5. Análisis del caso concreto
- 1)
- POR TANTO